PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA PARA ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS, EN UNA SOLA PUBLICACIÓN

El 6 de junio de 2025 se publicaron en el Semanario Judicial de la Federación dos tesis con la categoría de jurisprudencia, es decir, de cumplimiento obligatorio para todos los jueces del país a partir del 9 de junio de 2025. Estas resoluciones validan la posibilidad de que las Sociedades Anónimas realicen en una sola publicación tanto la primera como la segunda convocatoria para sus asambleas de accionistas.

Esta nueva postura resuelve una laguna legal importante y permite que las sociedades optimicen tiempos y costos al publicar una sola vez –siempre que la convocatoria se diseñe correctamente–.

Es necesario y relevante, sin embargo, poner especial atención a la forma de aprovechar esta herramienta, ya validada por el Poder Judicial de la Federación. La estrategia debe construirse con precisión técnica y cuidado estratégico, con base en lo que establecen los estatutos sociales específicos de cada sociedad, de lo contrario, se corre el riesgo de caer en supuestos de nulidad absoluta de la asamblea.

Desde nuestra área de derecho corporativo, podemos apoyar a nuestros clientes en:

  • Diseñar convocatorias sólidas y bien estructuradas, conforme a los estatutos de cada sociedad.
  • Evitar errores formales que puedan detonar nulidades.
  • Analizar y, en su caso, impugnar convocatorias deficientes que vulneren los derechos de los accionistas.

Esta es una noticia importante y positiva para la eficiencia corporativa, pero su correcta implementación será lo que marque la diferencia entre una asamblea correctamente convocada y una anulable.

Los abogados del área de derecho corporativo de nuestro despacho quedamos a sus órdenes para atender cualquier duda, cometario o asesoría legal respecto de lo anterior.

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