NUEVA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES

El 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (“NLFPDPPP” o la “Nueva Ley”). La publicación de este ordenamiento responde a los desafíos actuales del entorno digital, incorporando herramientas más sólidas y precisas para regular el tratamiento de datos personales por parte de sujetos privados.

1. Modificaciones Relevantes.

 La Nueva Ley comprende modificaciones respecto de la ley anterior, que implican la introducción de conceptos clave y de nuevas obligaciones para quienes manejan datos personales en el sector privado, destacando entre las más relevantes: (i) cambios en las características del Aviso de Privacidad, (ii) cambios en las características del Consentimiento otorgado por titulares de datos, (iii) introducción de concepto de Derechos ARCO, y (iv) introducción de concepto de Sujetos Regulados.

2. Entrada en Vigor y Acciones Recomendadas.

El Ejecutivo Federal cuenta con 90 días naturales, contados a partir del 20 de marzo de 2025, para emitir el reglamento que desarrollará en detalle los procedimientos, mecanismos de supervisión y posibles excepciones previstas por la Nueva Ley.

No obstante, aunque dicho reglamento aún no ha sido publicado, la NLFPDPPP ya se encuentra vigente y su cumplimiento es obligatorio.

Ante este escenario, los sujetos regulados deben comenzar desde ahora a adoptar las medidas correspondientes, tales como:

  • Revisar y actualizar sus políticas internas y protocolos de tratamiento de datos personales;
  • Rediseñar y validar sus avisos de privacidad conforme a los nuevos requisitos legales;
  • Adecuar los contratos celebrados con encargados o proveedores que acceden a datos personales; y
  • Evaluar los riesgos actuales y fortalecer las medidas de seguridad implementadas.

3. Sanciones en Caso de Incumplimiento.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Nueva Ley puede acarrear consecuencias sustanciales para las organizaciones. Entre las sanciones más relevantes destacan las multas de hasta 320,000 UMAs (actualmente más de MXP$30,000,000.00), las cuales podrán duplicarse en casos de reincidencia o si el tratamiento indebido involucra datos personales sensibles.

Para una evaluación más detallada sobre el posible impacto de estos cambios en las empresas, así como para recibir asesoría legal en materia de cumplimiento de esta Nueva Ley, favor de contactar a los abogados de nuestro grupo de práctica corporativa.

rodrigo.igareda@diazigareda.com
galina.hijar@diazigareda.com

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