Recordatorio: RENOVACIÓN DEL REPSE – 2024

A fin de cumplir con las regulaciones en materia de subcontratación de servicios especializados, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), implementó, desde el 25 de mayo de 2021, el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) como obligatorio para aquellas personas físicas y morales prestadoras de dichos servicios.

El REPSE tendrá una vigencia de 3 años, contados desde su inscripción inicial, sin importar que se haya realizado una actualización o modificación en su registro y su renovación deberá iniciarse de conformidad al calendario publicado por la STPS basado en el año y mes de su registro original.

La plataforma REPSE habilitará un módulo denominado «Renovación de Registro», únicamente durante el periodo autorizado para ello, así, en este año 2024, se deberán renovar los REPSE autorizados en 2021 y 2022 en las siguientes fechas:

Por lo anterior, es de suma importancia que la renovación del REPSE se inicie a tiempo y que, una vez renovado, se entregue copia del mismo a los beneficiarios de servicios especializados. La contravención a lo anterior tendría las siguientes consecuencias legales:

 

  • Cancelación del REPSE y la imposibilidad legal para continuar prestando o recibiendo servicios especializados;
  • Imposición de multas hasta $5’428,500.00 pesos por prestar o recibir servicios especializados sin el REPSE vigente;
  • Riesgo de tipificar el delito de defraudación fiscal, tanto para quien otorgue el servicio, como para quien lo reciba;
  • Imposibilidad de dar efectos fiscales de deducción o acreditamiento a la factura de los servicios recibidos.

Para información adicional y brindarles una adecuada asesoría legal, favor de contactar a los abogados de nuestro grupo de práctica laboral-fiscal:

manuel.rodriguez@diazigareda.com

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